INFORMÁTICA Y NOTARIADO

Por el corto tiempo que tengo para desarrollar el tema, de debido abordarlo directa y concretamente. Solo me referiré, por lo tanto, a los puntos que considero más sobresalientes, aclarando de entrada que como Notario no puedo dejar de maravillarme ante las magníficas herramientas de trabajo que pone al alcance de nuestra profesión la revolución tecnológica, la cual, según todos los pronósticos, con los que estoy en absoluto acuerdo, producirá cambios mucho más profundos y trascendentales en la sociedad que los que hasta ahora han derivado de las otras revoluciones que ha experimentado la humanidad.

Cuando se habla de computación suele ser común oír términos con los cuales los Notarios no estamos del todo familiarizados. Así, por ejemplo, escuchamos hablar de cibernética, memorias, menús, discos, impresoras, pantallas; terminales, microordenadores, procesadoras de palabras, informática, etcétera, para no citar sino algunos de los conceptos relacionados con la materia que han sido definidos en el idioma español; puesto que debemos reconocer que la mayor parte de la terminología de ese campo proviene de otros idiomas, principalmente del inglés, y que tales términos han tenido que ser incorporados al lenguaje coloquial, y hasta en el escrito, de quienes se dedican al cultivo de las ciencias tecnológicas.

Ni el tiempo ni mis conocimientos me permitirían explicar adecuadamente cada uno de los conceptos básicos de la informática, pero considero indispensable hacer; por lo menos; una breve referencia a tres de ellos.

El primero es CIBERNÉTICA:
Esta es una palabra de origen griego que, en términos generales, significa la ciencia que estudia los sistemas, aunque hoy en día ya surgen concepciones que la consideran como la ciencia de la acción eficaz, la ciencia de la dirección o la ciencia de lo artificial.

El segundo es SISTEMA:
Mucho se ha hablado y escrito sobre lo que puede ser un sistema.- Sin entrar en mayores elucubraciones creo que si se recurre al significado etimológico de la palabra y se le agrega ciertos ingredientes de las ciencias tecnológicas, podrá decir que un sistema es el conjunto
de cosas o ideas (intencionalmente excluyo a las personas) que, ordenadamente relacionadas entre sí, son capaces de producir determinados fines previamente establecidos.

Y el tercero es INFORMÁTICA:
Siendo éste el tema central de mi intervención debo ser un poco más explícito al tratar el concepto. Benito Roldán Casañé. en su trabajo "Información y Decisión en el Ámbito de la Justició', dice: "En la sociedad preindustrial el capital principal lo constituían los bienes inmuebles; en la sociedad industrial, los valores mobiliarios, y en la postindustrial la información, el conocimiento; el "kwow how"- Técnicamente, la información es la forma de representar los hechos, los acontecimientos, las conocimientos o las normas para su utilización en los procesos de decisión".

Por ese motivo, Amold Toffler, el autor del Shock del Futuro afirmaba que la información era el capital de la Tercero Olla, nombre de uno de sus más famosos libros, y que había dado lugar a una nueva clase de propietarios: los poseedores de la información.
Pues bien, el tratamiento automático de la información, de ese elemento social tan importante, por medio de aparatos electrónicos, aplicando en el proceso las leyes y los sistemas de la cibemética, constituye la informática. Y, si dicho proceso automático recae sobre informaciónconcerniente a la ciencia del derecho, estaremos frente a la Informática Jurídica.

Esta disciplina ha tenido un gran auge y se le ha presta do mucha atención en los países más desarrollados del mundo. Mies de Notarios del sistema latino se han beneficiado con ella desde hace varios amos. Algunos ejemplos servirán pana formamos un mejor panorama de lo que digo. Italia tiene un centro de Informática Jurídica con más de 550 terminales en oficinas privadas conectadas al centro electrónico de documentación de la Corte Suprema de Casación de Roma, en Bruselas, existe el CREDOC, que es un Centro Nacional de Informática patrocinado por Notarios, Abogados y otros profesionales, que también tienen acceso inmediato a'la información que desean desde cientos de terminales instaladas en sus propios despachos. Asimismo, en Alemania, Austria y España operan centros similares. En América Latina se están utilizando servicios de Informática Jurídica más o menos desarrollados, en Argentina, Brasil,
Colombia, Costa Rica, Chile, Puerto Rico y Venezuela. En algunos de estos últimos países ya funcionan terminales en oficinas públicas o en bufetes de Abogados y Notamos; en otros, se está en canino de establecerlas. En Costa Rica, para mencionar el caso más cercano a nosotros, el Registro Público, que incorpora, entre otros, los Registros Civil; Mercantil, de la Propiedad y de la Propiedad Industrial, está totalmente computarizado y existen terminales en varias oficinas de abogados en donde el público puede hacer consultas y obtener certificaciones de los asientos registrarles.
Y ahora ustedes se preguntarán: ¿Y en Guatemala qué está sucediendo? Veamos a vuelo de pájaro lo que está pasando en nuestro país. En el campo educativo, una universidad privada, la Francisco Marroquín, estableció, en 1985, el curso de Informática jurídica, que tiene carácter obligatorio para los estudiantes de derecho de sexto semestre y optativo para los de otros semestres. En 1955, se fundó el "CEAJURE", que es el Centro de Estudios y Análisis de Informática Jurídica de la Facultad de Derecho de esa Universidad.

En el sector gremial se organizó y fundó el Instituto de Informática Jurídica, cuya personalidad jurídica ya fue reconocida. Si bien el Instituto ha tenido hasta la fecha poca actividad, hay que reconocer que constituye un paso importante en la labor de despertar interés por el estudio e investigación de la materia. Además, el grupo promotor de la entidad motivó la participación de Abogados y Notarios guatemaltecos en el Primer Congreso Iberoamericano de informática jurídica, que tuvo lugar, en '1984, en Santo Domingo, República Dominicana, en el cual nuestro país presentó dos ponencias.

En el sector público corresponde al Organismo Judicial la realización del mejor esfuerzo. En efecto, se ha puesto en marcha el Centro Nacional de Información Jurídica -CENALEX¬ que
funciona en el edificio de la Corte Suprema de Justicia. Este Centro pretende alcanzar objetivos generales a corto, mediano y largo plazo. El primero de ellos es una recopilación legislativa, jurisprudencial y doctrinaria. totalmente actualizada, confiable y de fácil e inmediata consulta; el segundo, una sistematización administrativa de la Corte Suprema de Justicia; y el tercero, la sistematización judicial de los tribunales. El proyecto constituye el único trabajo serio que se ha hecho en el país para formar un banco de datos computarizados en materia jurídica, al que tendrán acceso instituciones de El Estado, el Colegio de Abogados y Notarios, Facultades de Derecho y público en general, por medio de computadoras conectadas desde sus oficinas
al centro de información. Actualmente se trabaja en la recopilación legislativa, jurisprudencial y doctrinaria del ramo penal, habiéndose obtenido resultados muy satisfactorios y halagadores.
Es del caso mencionar que también el Organismo Judicial tiene computarizada la extensión de constancias de carencia de antecedentes penales y que recientemente creó el Registro Central de Control de Detenidos (RECEDE) en donde a cualquier hora y hasta por teléfono, se
puede averiguar, en cuestión de pocos minutos, si una persona se encuentra detenida en cualquiera de los centros de detención del país.

Finalmente, en el sector profesional ya existen algunos Abogados y Notarios que utilizan computadoras y procesadoras de palabras en sus oficinas. Han formado su propio banco de datos jurídicos además de llevar controles de archivos, casos, marcas, patentes, poderes, índices de protocolo, sentencias y otras resoluciones judiciales, contabilidad y facturación.

Esos aparatos les permiten prestar a la clientela un servicio mucho más eficiente, rápido y seguro que el que puede proporcionar el profesional que ha permanecido ajeno a los avances científicos de nuestra época y ejerce su profesión de modo tradicional o estático.
Como dice Flora de Katz en su artículo sobre "Informática Jurídica y Notariado", la conducta del juarista, en nuestro caso del Notario, "puede consistir en adoptar una actitud hostil, ignorar esos cambios, continuando en la torre de marfil de lo conocido y cotidiano, o bien," tratar de acercarse a esos cambios, interiorizarse en sus alcances y posibilidad de aplicación a la propia actividad o disciplina. Hay que elegir, dice, entre estar en la historia o quedarse fuera de ella".

Si bien es cierto que no puedo negar que actualmente todavía existen en nuestro medio limitaciones de carácter económico para adquirir esos equipos no debe pasarse por alto el irrefutable hecho de que cada día los mismos son más baratos y que, en todo evento, su rentabilidad es tan alta, que puede ser adquirido por grupos de profesionales. Aunque lo ideal, desde luego, sería que cada Notario contara con su propio equipo, es incuestionable que una computadora de ciertas características y su correspondiente impresora, cubrirían fácilmente /as necesidades de tres o cuatro profesionales.
El Notario que se modernice incorporándose a la revolución tecnológica dispondrá de más tiempo para dedicarse al estudio y profundizar el análisis de los negocios en que intervenga; al poseer información jurídica completa, cierta, rápida y actualizada, estará en mejor posición para aconsejar jurídicamente a su cliente y dar la forma legal idónea a la voluntad de las partes; su documento estará dotado de mayor seguridad pues podrá tener acceso a los registros públicos para informarse de la situación jurídica de los bienes o derechos que sean objeto del contrato; existirá más certeza en la labor de bastanteo de poderes y representaciones ya que podrá observar en su pantalla la vigencia, limitaciones y demás términos de los documentos que le presenten para actuar en nombre de otras personas; disminuirá considerablemente los riesgos de responsabilidad de daños y perjuicios por negligencia en su ejercicio profesional y podrá, en una palabra, cumplir mejor, con mayor eficacia y seguridad, su importante función profesional.

Sé que no he tenido oportunidad de hablar sobre otros muchos aspectos positivos e interesantes del tema que me fue asignado pero consciente de ello, únicamente espero haber sembrado en ustedes una semilla de inquietud para que nuestros - organismos gremiales se preocupen por organizar , seminarios, mesas redondas, cursos de familiarización y otras actividades que tiendan a incorporar al notario nacional al mundo tecnológico. Para que no se crea que soy de los que piensan que la máquina, que el automatismo va a superar y someter al hombre, que en este caso equivaldría a pensar que el notario podría volverse un ser social secundario, sin importancia en su comunidad, un simple ejecutor mecánico, voy a concluir mi intervención con las palabras pronunciadas por José A. Negri, en 1947, cuando la revocación tecnológica; la famosa Tercera Ola de Toffler estaba en sus albores, no obstante lo cual esas palabras continúan y continuarán teniendo la misma validez y vigencia en el corazón y en la mente del notario dinámico, que cree, confía y trabaja para el futuro.

"Para muchos, la profesión notarial se limita a la copia servil de formularios preestablecidas, y como tal, la función se ve reducida a una vulgar canonjía desempeñada por oficiales subalternos a beneficio del escribano. No son pocos los que ignoran que la parte más digna y más noble de la actuación notarial es la que no queda registrada en la escritura; porque el más perfecto ensamblamiento de los derechos y obligaciones de las partes no está en la simple enunciaciónde voluntades, sino en la interpretación previa de sus propósitos y hasta en la captación psicológica de sus intenciones; y esto, tanto como el consejo oportuno o la opinión jurídica o económica o social, la explicación legal y honesta de la ley; el patrocino moral y hasta la misma autoridad personal del notario, son elementos imponderantes e 'intraducibles en el acto autorizado; que en su forma externa jamás acusará el más leve indicio de esa intervención, infinitamente más importante, más trascendente y más decisiva antes de la concertación del contrato, que en el entretejido posterior de sus cláusulas".

Estimados colegas, queridos estudiantes, la hora en que vivimos no es coma recordaba Negri, de goce y de contemplación, sino de acción y de conquista: inercia, decía, es sinónimo de decadencia. Los notarios guatemaltecos debemos lograr y defender, por nuestro propio esfuerzo, el derecho a intervenir, con igual eficacia que otros notarios de tipo latino ya lo están haciendo, en la construcción del mundo jurídico del futuro.

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